Si desea conocer todas las características de las parejas de hecho, los derechos, las obligaciones y que es lo que ocurriría en caso de ruptura, nuestros abogados pueden informarle con todo detalle

Para acreditar la existencia de la pareja de hecho existen los pactos notariales, los pactos económicos, el empadronamiento y la inscripción el los registros de Uniones de Hecho de cada Comunidad Autónoma o ayuntamientos.
Como ocurre en matrimonio, ante un fallecimiento podrá solicitarse la pensión de viudedad y también habrá que establecer ciertas relaciones patrimoniales, es decir, optar por un régimen económico u otro para gestionar los bienes y saber cómo actuar en caso de ruptura.
Si se tienen hijos, también como en los divorcios de un matrimonio, habrá que decidir qué progenitor se queda con la guarda y custodia de los hijos, establecer un régimen de visitas y una pensión de alimentos para que el progenitor no custodio colabore en el desarrollo de los hijos.
Ante la disolución de la pareja tendrán que repartirse los bienes que se hayan ido adquiriendo durante los años de unión de la pareja, de la forma más justa posible, desde la vivienda, un vehículo, los muebles…
En una ruptura de una pareja de hecho también puede solicitarse la pensión compensatoria, si uno de los cónyuges considera que se ha quedado en una situación económica desfavorable tras la separación.
Si desea conocer todas las características de las parejas de hecho, los derechos, las obligaciones y que es lo que ocurriría en caso de ruptura, nuestros abogados pueden informarle con todo detalle.
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